A- de 2015
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Nelson Enrique Moncada·Demandado Ejercito Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite expediente de tutela al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Reiteración de Jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se recuerda que mediante auto 278 de 2015 la Corporación, al analizar el alcance del Acto Legislativo 02 de 2015 en relación con su entrada en vigor, consideró que, si bien es cierto la reforma de equilibrios de poderes suprimió al Consejo Superior de la Judicatura y creó la Comisión Nacional y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, las cuales no serán competentes para conocer de acción de tutela, también dispuso que los actuales magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior ejercerán sus funciones hasta el día que se posesionen los miembros de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
En este orden de ideas, encuentra la Sala Plena de la Corporación que en el presente caso no existe un conflicto de competencia, por lo que decide el asunto ordenando la remisión del expediente de la acción de tutela a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el Acta extraordinaria Nº 67 proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, dentro del expediente ICC-2213.
- Segundo. DECLARAR que en el presente caso no existe conflicto negativo de competencia, por las razones expuestas en esta providencia.
- Tercero. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por señor Nelson Enrique Moncada contra el Comandante del Ejército Nacional y el Director de Prestaciones Sociales, a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, para lo de su competencia.
- Cuarto. ORDENAR que, por Secretaría General de esta Corporación, se comunique la decisión adoptada al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.